Deudas con la administración en la Ley de Reforma Concursal: diferentes criterios
Tres años después de la reforma del texto refundido de la Ley Concursal, la cuestión de la exoneración de crédito público ha vuelto a cobrar especial interés. Ello se debe a que varios juzgados, entre los cuales el Juzgado de lo Mercantil número 19 de Madrid y el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, han dictado recientemente sentencias que exoneran, es decir, perdonan, deudas de las personas físicas con la administración superiores al límite de 10.000 euros (10.000 para la Seguridad Social y 10.000 para Hacienda). Mientras tanto, otros juzgados parecen mantener de momento un criterio restrictivo respecto a esa posibilidad.
En este contexto, es importante recalcar que se trata de un asunto en plena evolución, que habrá que seguir con especial atención y esperar la posible jurisprudencia que fije el Tribunal Supremo sobre el tema.
Desde BNFIX Global continuaremos monitorizando la jurisprudencia para poder ofrecer un asesoramiento actualizado y realista en aquellos procedimientos de concurso de persona física en los que exista crédito público relevante.


