El fin de medidas transitorias de apoyo para hacer frente a la COVID19 dispara la disolución de empresas
De no prorrogarse la suspensión del art. 363.1.e) de la LSC, para el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2022, los órganos de administración de las compañías deberán atenerse a lo regulado en dicho artículo y convocar su Junta de Socios/Accionistas para adoptar las medidas que correspondan si no quieren entrar en causa de responsabilidad de la que podrían terminar respondiendo con su patrimonio personal.