La facturación electrónica, obligatoria un año después de aprobarse la Orden ministerial
Los Ministerios de Hacienda y de Economía, Comercio y Empresa han publicado un borrador conjunto sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se establece el régimen jurídico aplicable a la factura electrónica entre empresarios y profesionales, actualmente en fase de audiencia pública, para que se puedan hacer aportaciones al documento antes del 7 de abril.
Los puntos más destacados de este proyecto de real decreto son, con carácter general, los siguientes:
- La entrada en vigor de la facturación electrónica será un año después de la publicación de la Orden Ministerial para las empresas que facturen más de 8.000.000€, y dos años después para el resto de las empresas.
- Las plataformas o sistemas de facturación utilizadas deberán enviar la copia a la solución pública de facturación electrónica desarrollada por la Administración. Esto implicará informar sobre la facturación de modo regular.
- La Agencia Estatal de Administración Tributaria habilitará una solución pública de facturación electrónica de uso voluntario y disponible para todos los obligados.
Los ministerios citados están actualmente trabajando con el Reglamento de Facturación Electrónica y su aprobación. Posteriormente se aprobará la Orden Ministerial con los detalles de la normativa.
Así, le fecha en la que la facturación electrónica será obligatoria en las empresas es incierta y dependerá del momento de aprobación de la Orden. Ese día marcará la cuenta atrás de un año para la entrada en vigor efectiva de esta nueva obligación.
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