Lluvias intensas en España:
Consejos para particulares, autónomos y empresas afectadas
Las intensas lluvias caídas en España durante los últimos días han provocado daños materiales, interrupciones de suministros, incidencias en los transportes y cancelaciones de servicios y actividades, entre otras afectaciones. Ante este tipo de situaciones, es importante adoptar ciertas medidas desde el primer momento para preservar los derechos de los afectados y facilitar la obtención de las correspondientes indemnizaciones o compensaciones.
Así, recordamos a continuación las principales actuaciones a tener en cuenta.
En primer lugar, quienes hayan sufrido daños en viviendas, comunidades de propietarios, oficinas, locales comerciales, instalaciones industriales, mercancías, maquinaria, equipos o vehículos deben revisar las coberturas de los seguros contratados y comunicar el siniestro a la entidad aseguradora a la mayor brevedad posible. Recordamos que la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro establece, con carácter general, la obligación de comunicar el siniestro dentro del plazo de siete días desde que se tenga conocimiento del mismo, salvo que la póliza contemple un plazo superior.
Recomendamos, sobre todo:
- Tomar fotografías y vídeos de los daños producidos.
- Conservar los bienes afectados mientras sea razonable.
- Guardar presupuestos, facturas y justificantes de gastos de reparación o sustitución.
- Recopilar cualquier evidencia que permita acreditar el alcance de los daños y la fecha en que se produjeron.
- Solicitar un certificado o informe meteorológico del Meteocat o de la AEMET, especialmente en supuestos de inundaciones o fenómenos meteorológicos de especial intensidad.
Cuando los daños se deriven de inundaciones u otros fenómenos considerados legalmente como riesgos extraordinarios, la indemnización podrá corresponder al Consorcio de Compensación de Seguros, siempre que exista una póliza en vigor y se cumplan los requisitos legalmente establecidos. Dicho organismo indemniza los daños causados por determinados fenómenos naturales extraordinarios en bienes asegurados, incluidos viviendas, vehículos, establecimientos comerciales e instalaciones empresariales
Por ello, aconsejamos verificar desde el inicio si el expediente debe tramitarse solo ante la aseguradora o si debe intervenir también el Consorcio de Compensación de Seguros.
Empresas y profesionales
Especial atención merecen los supuestos que afectan a empresas y profesionales. Además de los daños materiales directos, es necesario analizar las consecuencias económicas derivadas de la interrupción o paralización de la actividad.
Muchas pólizas incorporan coberturas por pérdida de beneficios, paralización de negocio o lucro cesante. Por eso, conviene comenzar a recopilar desde el primer momento toda la documentación económica necesaria para acreditar las pérdidas sufridas, incluidas las cancelaciones de pedidos, disminución de ingresos, interrupciones de producción, imposibilidad de acceso a instalaciones o cualquiera otra incidencia que haya afectado al normal desarrollo de la actividad, para lo que recomendamos elaborar una pericial económica.
Cortes de energía
En cuanto a los cortes de suministro eléctrico, telecomunicaciones, internet ú otros servicios esenciales, conviene conservar evidencia de las incidencias sufridas y presentar las correspondientes reclamaciones ante las compañías suministradoras. También se recomienda revisar las facturas emitidas tras la incidencia para comprobar que se hayan aplicado, en su caso, los descuentos, compensaciones o regularizaciones procedentes por los períodos durante los cuales haya fallado el servicio.
Igualmente, conviene revisar las pólizas multirriesgo, ya que determinadas coberturas pueden incluir indemnizaciones por daños o perjuicios derivados de estas interrupciones.
En materia de transporte, las incidencias ocasionadas por fenómenos meteorológicos adversos pueden generar derechos de reembolso, asistencia o transporte alternativo, dependiendo del medio de transporte afectado y de las circunstancias concretas del caso.
En particular, en el transporte aéreo, los pasajeros cuyos vuelos hayan sido cancelados tienen derecho a optar entre el reembolso del importe abonado o un transporte alternativo hasta su destino final, además de los derechos de asistencia previstos en la normativa europea. Estos derechos se encuentran regulados en el Reglamento (CE) nº 261/2004.
Las reclamaciones deben presentarse en primer lugar ante la compañía aérea correspondiente, sin perjuicio de la posterior intervención de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) cuando proceda.
Cancelaciones
Asimismo, las cancelaciones de eventos, actividades o servicios contratados pueden dar lugar al derecho de reembolso de las cantidades abonadas, de conformidad con las condiciones contractuales aplicables y la normativa de protección de consumidores y usuarios.
Con carácter general, toda reclamación debe dirigirse inicialmente a la entidad aseguradora, al proveedor del servicio o a la compañía responsable, y procurando conservar siempre una prueba fehaciente de su presentación y contenido.
Actuar de inmediato
La experiencia demuestra que las actuaciones realizadas durante los primeros días posteriores al siniestro suelen ser determinantes en la defensa de los derechos de los afectados y en la obtención de una indemnización ajustada a los perjuicios sufridos.
En BNFIX Global recomendamos hacer de inmediato las comunicaciones pertinentes, revisando sin demora las pólizas de seguro vigentes, documentar adecuadamente los daños materiales y económicos ocasionados, verificar la posible intervención del Consorcio de Compensación de Seguros y solicitar asesoramiento especializado si existen dudas sobre las coberturas aplicables o el alcance de las posibles reclamaciones.
Como siempre, quedamos a su disposición para comentar o analizar cualquier aspecto o duda sobre el tema.
Imagen de Emre Ayata para Pexels



