Moratoria concursal para las zonas afectadas por la DANA hasta el 31 de diciembre de 2025
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 29 de noviembre el tercer paquete de medidas para paliar los efectos de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA). Dichas medidas están contenidas en el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, e incluyen una prórroga significativa en el ámbito concursal.
Según la Exposición de Motivos y el artículo 34 del RDL, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para que los deudores afectados de los municipios especificados en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, soliciten la declaración de concurso, la apertura de negociaciones con acreedores para un plan de reestructuración o de continuación, o la homologación de un plan de reestructuración.
En un enlace adjunto podrán acceder al listado de los municipios especificados como afectados por la DANA.
El objetivo principal de esta extensión es evitar que la crisis derivada de la DANA acabe en procesos de liquidación masiva y proporcionar seguridad jurídica y margen de planificación tanto a deudores como a acreedores, permitiendo que empresas potencialmente viables superen las dificultades excepcionales que han afrontado entado.
Aspectos clave
- Suspensión del deber de solicitar concurso
Los deudores afectados no tendrán obligación de solicitar la declaración de concurso o la apertura de procedimientos especiales para microempresas hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Protección frente a concursos necesarios
Hasta el 1 de marzo de 2026, los jueces no admitirán a trámite las solicitudes de concurso necesario presentadas durante este periodo de insolvencia.
- Priorización de concursos voluntarios
En caso de solicitudes de concurso voluntario, estas serán admitidas con preferencia, incluso si se presentan en fecha posterior.
- Planes de reestructuración y continuación
Deudores que hayan comunicado la apertura de negociaciones para alcanzar planes de reestructuración o solicitado la homologación de dichos planes también estarán protegidos por esta prórroga, aunque hayan vencido los plazos establecidos en la normativa concursal vigente.
Como siempre, quedamos a su disposición para atender cualquier duda sobre el tema.